#librosupuestoscontaRICAC,

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22 Dic 2016 20:06 #27735 por anthia
Respuesta de anthia sobre el tema #librosupuestoscontaRICAC,
Ok, ok. Son 20000 + 1000 uds valoradas a 30 y 9 respectivamente, entendido. Pensé que en total eran 20000 uds y acabé montándome el lio que lees. Gracias por tu esmerada respuesta!!!

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23 Dic 2016 07:59 #27744 por webmaster
Respuesta de webmaster sobre el tema #librosupuestoscontaRICAC,

anthia wrote: Ok, ok. Son 20000 + 1000 uds valoradas a 30 y 9 respectivamente, entendido. Pensé que en total eran 20000 uds y acabé montándome el lio que lees. Gracias por tu esmerada respuesta!!!


Buenos días, he modificado el enunciado para que no surja la duda: "Materias Primas……….20.000 Kgs + 1.000 kgs defectuosas (a valorar al 30% del coste)."
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23 Dic 2016 10:13 #27753 por webmaster
Respuesta de webmaster sobre el tema #librosupuestoscontaRICAC,

anthia wrote: Hola webmaster,

Nos puedes decir cual es para ti el CP en el supuesto 57 a y b?


Hola, he completado el supuesto con los asientos, a ver si así queda resuelto tu duda.
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  • Rita Levi
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23 Dic 2016 17:38 #27796 por Rita Levi
Respuesta de Rita Levi sobre el tema #librosupuestoscontaRICAC,
Hola!

Webmaster, dónde sale esto regulado, en relación a la moneda extranjera?

"En caso de financiación genérica (= no se aprecia vinculación económica entre el activo y la financiación), se tomará como límite de la diferencia de cambio a capitalizar el coste en que se hubiese incurrido si la empresa hubiera optado por financiarse en moneda funcional."

Es que lo estoy buscando en La Resolución de coste de producción y sólo lo veo explicado en la Introducción, pero no encuentro donde se redacta en la norma...

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24 Dic 2016 07:07 - 24 Dic 2016 07:10 #27812 por webmaster
Respuesta de webmaster sobre el tema #librosupuestoscontaRICAC,

Rita Levi wrote: Hola!

Webmaster, dónde sale esto regulado, en relación a la moneda extranjera?

"En caso de financiación genérica (= no se aprecia vinculación económica entre el activo y la financiación), se tomará como límite de la diferencia de cambio a capitalizar el coste en que se hubiese incurrido si la empresa hubiera optado por financiarse en moneda funcional."

Es que lo estoy buscando en La Resolución de coste de producción y sólo lo veo explicado en la Introducción, pero no encuentro donde se redacta en la norma...


"1. Por aplicación del principio del precio de adquisición, las diferencias de cambio en moneda extranjera no deben considerarse como rectificaciones del coste de producción del inmovilizado o de las existencias, salvo que puedan calificarse como un ajuste al tipo de interés de la operación"

Yo creo que tal vez se refiera a ese concepto indeterminado de "puedan calificarse como un ajuste al tipo de interés de la operación".

Parece que es sobre lo que gira la explicación de la introducción dada a la norma décima. Toma lo que pone la introduccion como criterios explicativos de este concepto indeterminado

Sería interesante leer lo que dice la.norma internacional al que se refiere indirectamente en la introducción (que no he logrado encontrar) y la regulación del pgc1990.
Última Edición: 24 Dic 2016 07:10 por webmaster.
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  • anthia
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27 Dic 2016 19:05 #27957 por anthia
Respuesta de anthia sobre el tema #librosupuestoscontaRICAC,
Hola webmaster,
Haciendo los sup 64 y 65 sobre el CP, me surgen estas dudas
Sup 64. ¿por qué las 100 uds devueltas entran a 250 um? Salvo error, ya no quedan compras valoradas a ese precio …
A raíz de la anterior pregunta me surge otra sobre FIFO; aunque conozca el valor de la mercancía que me devuelven ¿entran igualmente al coste más antiguo?
Y otra más … ¿la merca vuelta siempre es la primera en salir?
Sup 65. La solución no activa el 25% de los 400000 eur invertidos, luego entiendo que NO se consideran un instanción gral y específica , pues es de ésta de la que trata la nv13 1.1 a) diciendo que se imputará en proporción a la relación entre coste incurrido y CT previsto. Si es asi, ¿por qué está contabilizada como existencia?
Muchas gracias por tu ayuda

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  • edward_lde
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27 Dic 2016 19:31 #27960 por edward_lde
Respuesta de edward_lde sobre el tema #librosupuestoscontaRICAC,
Hola webmaster,

Estaba haciendo el supuesto 79, y me ha surgido la duda sobre el fondo de comercio.

Yo pensaba que como se amortizaba como norma general en 10 años y era solo deducible en el IS, siempre habia una diferencia temporaria deducible , pero al ver el apartado a) y ver como se realiza en el caso de fusion en la que se tributa de forma diferida, me han surgido la duda.

Este es el unico caso diferente??? y entonces en este caso se haria un ajuste negativo al final por todo el montante cuando se tribute???

Un saludo.

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28 Dic 2016 09:22 #27972 por webmaster
Respuesta de webmaster sobre el tema #librosupuestoscontaRICAC,

edward_lde wrote: Hola webmaster,

Estaba haciendo el supuesto 79, y me ha surgido la duda sobre el fondo de comercio.

Yo pensaba que como se amortizaba como norma general en 10 años y era solo deducible en el IS, siempre habia una diferencia temporaria deducible , pero al ver el apartado a) y ver como se realiza en el caso de fusion en la que se tributa de forma diferida, me han surgido la duda.

Este es el unico caso diferente??? y entonces en este caso se haria un ajuste negativo al final por todo el montante cuando se tribute???

Un saludo.


Buenos días, en este caso a) el valor contable es mayor que la base fiscal, que es cero, por tanto hay una diferencia temporaria imponible, pero como la norma contable excluye el reconocimiento del pasivo por impuesto diferido, no se contabiliza. En los ejercicios futuros tendrás un ajuste fiscal positivo por las amortizaciones o pérdidas por deterioro de valor de este fondo de comercio, no harás ningún asiento contable, ya que se trata de la reversión de un pasivo por impuesto diferido que no se ha contabilizado. Sería un tratamiento análogo a una diferencia permanente.

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28 Dic 2016 09:34 #27973 por webmaster
Respuesta de webmaster sobre el tema #librosupuestoscontaRICAC,

anthia wrote: Hola webmaster,
Haciendo los sup 64 y 65 sobre el CP, me surgen estas dudas
Sup 64. ¿por qué las 100 uds devueltas entran a 250 um? Salvo error, ya no quedan compras valoradas a ese precio …
A raíz de la anterior pregunta me surge otra sobre FIFO; aunque conozca el valor de la mercancía que me devuelven ¿entran igualmente al coste más antiguo?
Y otra más … ¿la merca vuelta siempre es la primera en salir?


Las primeras en ser devueltas son las primeras que han salido (las primeras compradas) porque la empresa está utilizando el método FIFO (First in First Out).

Primeras en entrar Primeras en Salir => Primeras en ser devueltas Primeras en entrar, o lo que es lo mismo, se venden las más antiguas, y se devuelven las más antiguas.

Todo esto en base a la norma contable que dice: "A efectos de valoración de existencias, las procedentes de devoluciones de ventas, se incorporarán por el precio de adquisición o coste de producción que les correspondió de acuerdo con el método de ordenación de entradas y salidas de existencias utilizado"

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28 Dic 2016 09:42 #27975 por webmaster
Respuesta de webmaster sobre el tema #librosupuestoscontaRICAC,

anthia wrote: Sup 65. La solución no activa el 25% de los 400000 eur invertidos, luego entiendo que NO se consideran un instanción gral y específica , pues es de ésta de la que trata la nv13 1.1 a) diciendo que se imputará en proporción a la relación entre coste incurrido y CT previsto. Si es asi, ¿por qué está contabilizada como existencia?
Muchas gracias por tu ayuda



Buenos días anthia, oye te estás refiriendo al supuesto de "EVETT" donde se pide el precio medio ponderado único?

Es que este supuesto lo acabo de ver, y no entiendo lo que quieres decir. Lo que se hace es calcular la media ponderada de las compras y existencias iniciales, es decir, sumatorio de las unidades compradas x coste +existencias iniciales x PrecioMedioPonderado, y dividirlo por el total unidades compradas y existencias iniciales. De esta manera tienes el coste medio ponderado unitario (19,05 u.m) y lo multiplicas por las existencias físicas que tienes al final del ejercicio (10.000 uds).

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28 Dic 2016 14:41 #28011 por anthia
Respuesta de anthia sobre el tema #librosupuestoscontaRICAC,
En lugar del sup 65, me refiero al sup 66, perdón.

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28 Dic 2016 17:28 #28029 por anthia
Respuesta de anthia sobre el tema #librosupuestoscontaRICAC,
He planteado esas preguntas respecto al sup 64 porque tenía entendido que en Fifo cuando se devuelve una venta de la cual desconocemos su coste pudiendo ser éste 2 o más cifras distintas, por convenio se elegía el coste de la última en salir (de esa forma se evita la posibilidad de que entre una partida a un coste que ya no existe en la ficha de inventario)
También tenía entendido q si conocemos el coste de la partida que nos devuelven entra por el mismo coste aunque salió y no otro (otra de las dudas q me surgieron tras ver la solución al supuesto)
Muchas gracias por tu respuesta.

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28 Dic 2016 21:08 #28039 por webmaster
Respuesta de webmaster sobre el tema #librosupuestoscontaRICAC,

anthia wrote: He planteado esas preguntas respecto al sup 64 porque tenía entendido que en Fifo cuando se devuelve una venta de la cual desconocemos su coste pudiendo ser éste 2 o más cifras distintas, por convenio se elegía el coste de la última en salir (de esa forma se evita la posibilidad de que entre una partida a un coste que ya no existe en la ficha de inventario)
También tenía entendido q si conocemos el coste de la partida que nos devuelven entra por el mismo coste aunque salió y no otro (otra de las dudas q me surgieron tras ver la solución al supuesto)
Muchas gracias por tu respuesta.


Hola venía pensando en esta duda, lo único que tenemos es una norma que dice "A efectos de valoración de existencias, las procedentes de devoluciones de ventas, se incorporarán por el precio de adquisición o coste de producción que les correspondió de acuerdo con el método de ordenación de entradas y salidas de existencias utilizado"

El problema que estaba pensando, es que si las devoluciones las introduzco en contabilidad al coste de las más antiguas, ¿Que periodo de antigüedad considero?, ya si considero solo las que todavía figuran en la hoja de inventario, te puedes encontrar que si se ha vendido todo (no han inventario) no tengo coste más antiguo. Si considero el ejercicio actual no cerrado sería un coste distinto que si considero toda la vida de la empresa.

Es una cuestión que no tengo respuesta, pero lo apunto para buscar algún ejemplo. Volveré a mirar el ejemplo que tengo mañana.
El siguiente usuario dijo gracias: anthia

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29 Dic 2016 10:49 #28089 por webmaster
Respuesta de webmaster sobre el tema #librosupuestoscontaRICAC,

anthia wrote: He planteado esas preguntas respecto al sup 64 porque tenía entendido que en Fifo cuando se devuelve una venta de la cual desconocemos su coste pudiendo ser éste 2 o más cifras distintas, por convenio se elegía el coste de la última en salir (de esa forma se evita la posibilidad de que entre una partida a un coste que ya no existe en la ficha de inventario)
También tenía entendido q si conocemos el coste de la partida que nos devuelven entra por el mismo coste aunque salió y no otro (otra de las dudas q me surgieron tras ver la solución al supuesto)
Muchas gracias por tu respuesta.


Buenos días:

He modificado el supuesto 64. Después de ver varios supuestos, he sacado el siguiente criterio:

DEVOLUCIÓN DE COMPRAS: si se puede identificar a que compras corresponde la devolución, saldrán al coste que tenían en el Inventario, en caso de no poder determinarse a que compra correspondió, si se aplica el método FIFO, las primeras en ser devueltas (primeras en salir “First Out”) serán las primeras que han sido compradas (primeras en entrar “First In”), teniendo en cuenta solamente las existencias que todavía existen en el almacén en el momento de la devolución de compras, de esta manera se cumple con la intención de este método de valoración FIFO de que las existencias inventariadas coinciden con las últimas entradas..

DEVOLUCIÓN DE VENTAS: si se puede identificar a que ventas han correspondido la salida de esas existencias, se incorporan al coste que tenían en el Inventario, en caso de no poder determinarse a que venta correspondió, si se aplica el método FIFO, hay que valorar al coste más reciente de las existencias que han salido del almacén ante de la devolución de ventas (las últimas en salir), de esta manera se cumple con la intención de este método de valoración FIFO de que las existencias inventariadas coinciden con las últimas entradas.
El siguiente usuario dijo gracias: anthia

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29 Dic 2016 11:34 - 29 Dic 2016 11:34 #28090 por webmaster
Respuesta de webmaster sobre el tema #librosupuestoscontaRICAC,

anthia wrote: Sup 65. La solución no activa el 25% de los 400000 eur invertidos, luego entiendo que NO se consideran un instanción gral y específica , pues es de ésta de la que trata la nv13 1.1 a) diciendo que se imputará en proporción a la relación entre coste incurrido y CT previsto. Si es asi, ¿por qué está contabilizada como existencia?
Muchas gracias por tu ayuda


Hola,

Existe dos clases de gastos:

Los gastos necesarios para presentarse al concurso (proyecto económico, proyecto técnicos...) que son los gastos iniciales al proyecto .
Los gastos incurridos una vez adjudicado el proyecto para realizar la obra

La norma contable dice que esos primeros gastos, antes de adjudicarse en concurso a la empresa la obra, se integran como parte del coste de la obra en curso de forma lineal, junto con todo el importe de los gastos de la obra en ejecución (cuenta 341). El resto de los gastos iniciales (anteriores a la adjudicación) se imputan al coste de la obra de forma lineal en los ejercicios siguientes, mientras tanto se activan en una cuenta a parte (335).

En los casos en que la obra ya es seguro que no se adjudica, se transfieren a la cuenta de resultados desde la 335.
Última Edición: 29 Dic 2016 11:34 por webmaster.

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